El objeto de estas bases es la convocatoria de 37 plazas, 25 para extranjero y 12 para Galicia, para la capacitación de profesionales en materia de internacionalización empresarial mediante formación práctica, con la finalidad de mejorar la empleabilidad y poner a la disposición de las empresas gallegas profesionales que les ayuden a mejorar su competitividad.
Becas para la capacitación en materia de internacionalización.
Requisitos de los solicitantes:
1. Haber nacido a partir de 1 de enero de 1995.
2. Poseer la nacionalidad española y nacido en Galicia, ser nacido en Galicia y estar nacionalizado en un Estado miembro de la Unión Europea, o estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia con dos años de antigüedad a la fecha de publicación de estas bases.
3. Estar en posesión de alguna titulación universitaria superior de grado y que permita el acceso a los estudios oficiales de Máster Universitario:
i. Título universitario oficial de Graduada o Graduado español;
ii. Títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado. Asimismo, es imprescindible acreditar un mínimo de 240 ECTS en todos los casos.
La titulación se puede obtener y acreditar hasta el fin del plazo de solicitud.
Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros privados españoles deberán estar homologados por el Ministerio de Educación español antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Por lo que se refiere a los títulos de máster no se requiere que estén homologados.
4. Conocimientos de inglés (hablado y escrito).
Esta capacidad se acreditará mediante la realización de un examen en el que los aspirantes deberán demostrar como mínimo nivel B2 del marco común europeo de referencia para las lenguas.
Los aspirantes que no comparezcan o no alcancen el nivel mínimo B2 en la prueba de inglés quedarán excluidos del proceso de selección.
Opcionalmente, los candidatos, además de examinarse de inglés, podrán indicar en la solicitud hasta tres idiomas adicionales de los que quieran examinarse, de cara a tener más puntos en el baremo. Los idiomas adicionales disponibles son: chino, alemán y francés. La presentación a pruebas adicionales de idiomas implica la preferencia y obligación a la hora de escoger destinos en el extranjero.
5. Cumplir los requisitos del art. 10 de la Ley 9/2007 para ser considerada persona beneficiaria de subvenciones.
6. No haber disfrutado con anterioridad de una beca del Igape relacionada con la internacionalización empresarial. Quedarán también excluidos de la convocatoria aquellos solicitantes que fueran adjudicatarios de este tipo de becas en ediciones anteriores y que habían renunciado a ellas con posterioridad o les había sido determinado un incumplimiento total.
7. No haber disfrutado de una beca concedida por otros organismos distintos de Igape, relacionada con la internacionalización empresarial o con prácticas en empresas fuera de España. Se exceptúan las becas de estudios disfrutadas durante los años escolares o universitarios.
8. Estar al día de sus obligaciones tributarias estatales, autonómicas y de la Seguridad Social, así como no tener pendiente de pago ninguna otra deuda por ningún concepto con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
1. Duración y destino.
La duración inicial de la bolsa se establece en un máximo de once meses contados desde enero a diciembre de 2023. El Igape podrá prorrogarla por un máximo de hasta 11 meses adicionales en función de la necesidad de finalizar o completar una parte de la formación que ya hubiera comenzado o estuviera a punto de comenzar.
Asimismo, la prórroga estará condicionada además a: solicitud de prórroga por parte del becario por lo menos un mes antes del fin del período inicial de la bolsa, informe favorable del tutor del becario, posibilidad de disfrute de la prórroga en el mismo organismo del período inicial o en otro destino alternativo, disponibilidad presupuestaria y su aceptación por parte del becario.
En caso de prórroga la dotación se incrementará proporcionalmente según su duración y el destino asignado.
La formación práctica se llevará a cabo en el extranjero y/o en Galicia (en oficinas del Igape o Xunta, oficinas comerciales de España en el exterior, cámaras de comercio españolas en el extranjero, organismos multilaterales, organismos intermedios gallegos, centros de investigación, empresas y/u otros organismos en Galicia o en el extranjero), para realizar labores de investigación de mercados, estudio de empresas y su planificación para internacionalización e investigación de las posibilidades de cooperación internacional entre empresas gallegas y extranjeras.
Antes del inicio de la bolsa y en su transcurso el Igape se reserva la posibilidad de cambiar las fechas de incorporación, los destinos de los becarios y la dotación correspondiente, en el caso de concurrir causa justificada.
La formación en Galicia podrá implicar visitas a empresas u organismos empresariales gallegos que serán realizadas por los becarios a través de sus propios medios (con reintegro de los gastos de desplazamiento segundo el indicado en el artículo 6.2.)
El comité de selección realizará una lista provisional segundo la puntuación obtenida conforme lo siguiente baremo:
a) Prueba de inglés (nivel C1: 10 puntos).
b) Resultado prueba de idioma adicional 1 (nivel B1: 6 puntos; nivel B2: 8 puntos; nivel C1: 10 puntos).
c) Resultado prueba de idioma adicional 2 (nivel B1: 6 puntos; nivel B2: 8 puntos; nivel C1: 10 puntos).
d) Resultado prueba de idioma adicional 3 (nivel B1: 6 puntos; nivel B2: 8 puntos; nivel C1: 10 puntos).
e) Se otorgarán 25 puntos a los graduados en cualquiera de las siguientes ramas de conocimiento:
Administración y Dirección de Empresas, Ciencias del Transporte y Logística, Ciencias Económicas y Empresariales, Ciencias Empresariales, Ciencias Políticas, Comercio, Comercio Exterior, Derecho, Dirección y Creación de Empresa, Dirección de Empresas- BBA, Dirección Financiera y Contabilidad, Economía, Ingeniería, Estadística y Empresa, Marketing y Dirección Comercial, Marketing e Investigación de Mercados, Relaciones Internacionales, Matemáticas, Física, Química.
f) Formación específica de posgrado en comercio exterior (máximo 20 puntos).
Obtendrá 5 puntos por curso completo de 140 a 299 horas (entre 14 y 29,9 créditos); 10 puntos por curso completo de 300 horas o más (30 o más créditos); 20 puntos por máster en Comercio Internacional, MBA, máster en Marketing, Marketing Digital, Marketing Online o similar.
Por lo que se refiere la esta formación puede exigirse por parte de Igape información adicional para su acreditación (información de la entidad que impartió la formación, temario curso, formadores,..).
g) Otra formación de posgrado relacionada con la gestión empresarial (máximo 15 puntos). Obtendrá 2 puntos por curso completo de 140 a 299 horas (entre 14 y 29,9 créditos); 4 puntos por curso completo de 300 horas o más (30 o más créditos); 10 puntos por máster. Por lo que se refiere la esta formación puede exigirse por parte de Igape información adicional para su acreditación (información de la entidad que impartió la formación, temario curso, formadores,..).
Para los cursos de formación incluidos en los apartados f) y g), la puntuación máxima para cursos realizados online, independientemente del número de cursos realizados, será de 10 puntos.
La suma total de las puntuaciones será como máximo de 100 puntos.
1. Para la dotación (tanto para la dotación inicial cómo para la prórroga) se tendrá en consideración los índices del coste de vida de las distintas ciudades de destino de las becas, según criterios establecidos por la Entidad Pública Empresarial ICEX. En la fase inicial o en el período de prórroga podrá modificarse la dotación de la bolsa por fluctuaciones del tipo de cambio que justifiquen esta modificación y siempre que exista disponibilidad presupuestaria.
2. El importe máximo de subvención por becario es de 46.500 por un período de 11 meses o su parte proporcional en función del período de la beca. Las dotaciones variarán según el destino y el número de meses de estancia en Galicia y en el extranjero. De esta subvención se detraerán la correspondiente retención fiscal y la cuota por cotización a la Seguridad Social aplicables según la legislación vigente.
Se consideran incluidos dentro del importe de la dotación de la bolsa -y dentro del límite máximo de los 46.500 - todos los gastos en que tenga que incurrir el becario para su desarrollo:
a) Gastos de desplazamiento: una cuantía semestral máxima de 1.000 por becario -que se revisará al término de cada semestre a efectos de nuevas dotaciones semestrales en función de la ejecución del semestre anterior y previa solicitud motivada del becario (anexo II)- en concepto de gastos de tasas de visado y gastos de desplazamiento a eventos, empresas o entidades distintas del destino asignado, relacionados con el objeto de la bolsa (avión, tren, autobús, hotel, taxi, aparcamiento, autopista, compensación por kilometraje), así como cursos de idiomas en el país de destino previa autorización del Igape. Serán también subvencionables previa autorización por el Igape los siguientes gastos:
- Las dietas vinculadas a un evento o acción autorizados en el que participe el becario, hasta un límite de 15 euros por día.
- Las tarjetas de negocio vinculadas a la entidad de destino.
- Los gastos de renovación de pasaporte por exigencias particulares del destino asignado.
- Otros, previa consulta al Igape siempre que se consideren esenciales para el desarrollo de la bolsa.
Estos importes serán abonados por el Igape al becario una vez sean autorizados por el Igape, realizados y correctamente justificados. Cuando el medio de transporte sea el vehículo particular, serán abonados los kilómetros recorridos a razón de 0,19 por Km recorrido. El desplazamiento mediante vehículo propio solo es posible en Galicia.
b) Gastos de viaje de ida para incorporación a destino y retorno a Galicia una vez finalizada la bolsa en destino, en el período inicial o en el período de prórroga -el Igape abonará al becario los gastos de desplazamiento mediante avión, tren o autobús y gastos de hotel, previa presentación de los correspondientes justificantes de gastos (mediante facturas, billetes y/o tarjetas de embarque) hasta un máximo de 1.500 euros si es el mismo continente y 3.000 euros se se traslada la otro continente. Serán subvencionables los gastos de hotel en tránsito o a la llegada al destino asignado hasta un máximo de 2 noches, en régimen de alojamiento y desayuno. No serán subvencionables los envíos de maletas o paquetes a mayores de los incluidos en el transporte contratado.
c) Gastos de seguro de accidentes y enfermedades hasta un máximo de 1.000 . Esta dotación solo se abonará en el caso de becas con destino fuera de España.
d) Gastos de compra de un portátil para becarios con destino en el extranjero segundo las condiciones establecidas en el artículo 16.i).
El Igape podrá aplicar la compensación entre las partidas de gastos de los apartados la), b) y c) anteriores cuando las necesidades de gasto de cada becario en relación con las acciones a desarrollar en el programa así lo aconsejen para lo correcto desarrollo del mismo.
Una vez incorporados a los destinos indicados en la resolución, en el caso de cambio de destino -mediante nueva resolución que implique más de un viaje de ida y retorno previstos en la dotación de la bolsa, en el período inicial o en el período de prórroga- el Igape abonará al becario los gastos de desplazamiento mediante avión, tren o autobús y gastos de hotel, previa presentación de los correspondientes justificantes de gastos (mediante facturas, billetes y/o tarjetas de embarque) hasta un máximo de 1.000 euros si es el mismo continente y 1.500 euros si se traslada a otro continente. Estos importes -al ser circunstancias excepcionales- no están incluidos dentro del límite máximo de la beca.
Solo se admitirán pagos en efectivo para gastos de importe inferior a 1.000 euros, justificando el pago mediante recibí del proveedor.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Hasta las 14:00 horas de la fecha de finalización.
Las becas otorgadas son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda de similares características, así como con cualquier relación laboral o de prestación de servicios remunerada del becario. Asimismo, son incompatibles con la percepción de prestación o subsidio por desempleo.
Resolución de 30 de mayo de 2022 (DOG Nº111 de 10/06/2022) - Bases reguladoras
Resolución de 10 de octubre de 2022 (DOG Nº195 de 13/10/2022) - Resolución definitiva
* Información:
- En las oficinas territoriales del IGAPE
- En el Servicio de Atención Telemática a través del teléfono 900 81 51 51 o 981 54 11 47
- A través de www.igape.es o en informa@igape.es
1. Para presentar la solicitud, los interesados deberán cubrir previamente un formulario electrónico a través de la aplicación http://www.tramita.igape.es Deberá cubrir necesariamente todos los campos establecidos cómo obligatorios, tras lo cual la aplicación emitirá un identificador de documento electrónico (IDE) que identificará unívocamente la solicitud de ayuda.
2. La solicitud se presentará obligatoriamente por medios electrónicos con certificado digital desde las 8:00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes hasta las 14:00 horas de la fecha de finalización.
3. Para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
La oficina virtual del Igape acepta todos los certificados validados por la plataforma @firma de la Administración General del Estado, que son los que figuran en esta relación: http://administracionelectronica.gob.es/pae/afirma-Anexo-PSC.
Una vez firmado el formulario de solicitud con el ID, mediante certificación digital del presentador, y transferido este al Igape, se procederá a la anotación de una entrada en el Registro Electrónico de la Xunta de Galicia.
1. Las personas interesadas deberán aportar, junto con la solicitud, la siguiente documentación (en caso de que esté redactada en una lengua no oficial en Galicia, se deberá presentar acompañada de traducción realizada por intérprete jurado):
a) Acreditación de los requisitos mínimos segundo el expresado en el artículo 4 de estas bases.
1º Currículo vitae.
2º Copia del pasaporte en caso de que el solicitante sea extranjero y no tenga el número de identificación de extranjería ( NIE).
3º Justificante de tener pagadas las tasas para la obtención del título de estudios universitarios alcanzado segundo el expresado en el artículo 4.3, en defecto del título.
En el caso de títulos expedidos por centros extranjeros o privados será preciso que los acrediten con una copia de la homologación concedida por el Ministerio de Educación español (esto no se requiere para los títulos de máster).
La formación deberá estar finalizada antes del fin del plazo de presentación de la solicitud, salvo lo dispuesto en el punto b) siguiente.
b) Acreditación de los requisitos baremables segundo el expresado en el artículo 12.2 de estas bases:
1º Acreditación, si es el caso, de la formación específica de posgrado en comercio exterior segundo el expresado en el artículo 12.2. f): copia del certificado de realización de un curso completo en el que conste el número de horas o créditos del curso. El curso deberá estar finalizado antes de la fecha de presentación de la solicitud, excepto los másteres citados en el artículo 12.2. f) que podrán estar finalizados hasta el 30 de julio de 2022 y deberán estar incluidos en la solicitud en el plazo de 7 días a contar desde esa fecha.
2º Acreditación, si es el caso, de otra formación de posgrado segundo el expresado en el artículo 12.2. g): copia del certificado de realización de un curso completo en el que conste el número de horas o créditos del curso. El curso deberá estar finalizado antes de la fecha de presentación de la solicitud.
La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.