Facilitar a los emprendedores, autónomos y personas jurídicas, con tamaño de microempresa, el acceso a microcréditos, destinados a la financiación de sus proyectos de inversión.
Aval de las sociedades de garantía recíproca (SGRs), ante las entidades financieras, por el 100% del microcrédito
Podrán acogerse, emprendedores, autónomos y personas jurídicas con objeto empresarial. También podrán acceder a las operaciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo actividades empresariales.
En todo caso deberán cumplir con el requisito de microempresa conforme a la definición establecida por la Unión Europea, y decir :
- Que tenga menos de 10 trabajadores.
- Que tengan una cifra de negocios anual o balance general anual que no supere los 2 millones de euros.
- Que cumpla el criterio de independencia.
Podrán ser objeto de financiación mediante los microcréditos avalados, todas las actividades económicas, excepto:
a) Las actividades relacionadas con la exportación, la creación de redes de distribución e inversiones vinculadas la actividad de exportación.
b) Las actividades del sector del carbón.
CARACTERÍSTICAS DE Los MICROCRÉDITOS
El importe máximo de los microcréditos será de 25.000 euros por beneficiario y podrán conseguir el 100% de las inversiones financiables.
El plazo de amortización será de 5 años, incluido 1 año, como máximo, de carencia en la amortización de principal.
El tipo de interés nominal anual para los microcréditos acogidos la este convenio, será lo que libremente pacten las partes, en el marco de los acuerdos o convenios de colaboración de las Sociedades de Garantía Recíproca con las entidades financieras y podrá ser fijo o variable.
Las operaciones serán avaladas al 100% por las SGRs, ante las entidades financieras.
Las SGR podrán cobrar al cliente hasta el 1% en concepto de comisión de aval, calculado sobre el saldo vivo anual del importe avalado, así como la cuota social mutualista, que se aboará al inicio de la operación. Este importe será reembolsado al cliente una vez termine su relación con la SGR.
Podrán ser financiados las inversiones realizadas con posterioridad al 1 de enero de 2013 hasta la fecha de la primera amortización de principal del microcrédito.
El proyecto inversor deberá consistir en la adquisición de activos a terceros.
- Serán financiables los siguientes conceptos de gasto, que se materialicen en:
a) Inmovilizado material, excepto la adquisición de terrenos y edificaciones:
- Reforma y adecuación de locales.
- Bienes de equipo y unidades funcionales de explotación independiente.
- Elementos de transporte, exclusivamente vehículos industriales, excepto vehículos de transporte de mercancías por carretera por parte de empresas que realicen esta actividad por cuenta ajena.
- Honorarios facultativos de proyecto y dirección de obra.
- Otras inversiones en activos fixos materiales.
b) Inmovilizado intanxible adquirido a terceros: únicamente aplicaciones informáticas, propiedad industrial, propiedad intelectual, cánones de entrada de concesiones administrativas o de franquicias, e inversiones de acondicionamiento realizados en un local arrendado y que queden definitivamente incorporados a aquel.
- No podrán financiarse los impuestos indirectos recuperables que graben la adquisición, ni las aportaciones a realizar a las sociedades de garantía mutua.
- El titular deberá destinar los bienes, exclusivamente, al desarrollo de la actividad empresarial.
Las solicitudes deberán presentarse en las sociedades de garantía recíproca, estableciéndose como fecha máxima de concesión de los microcréditos el 31 de diciembre del año 2013.
Convenio de colaboración entre el Instituto Gallego de Promoción Económia (IGAPE) y las sociedades de garantía recíproca SOGARPO, S.G.R y AFIGAL,S.G.R, firmado el 03/06/2013.
Información:
- En las oficinas del Igape
- Por teléfono: 902 300 903 / 981 54 11 47
- Por correo electrónico: informa@igape.es
- En la web del Igape: www.igape.es
Tramitación:
1.- Para solicitar un microcrédito, la empresa deberá ponerse en contacto con las SGRs firmantes del convenio:
Solicitantes de las provincias de A Coruña y Lugo:
AFIGAL, S.G.R.:
Oficina de A Coruña
Rúa de San Andrés, 143-4º
15003 - A Coruña
Tel.: 981 216 276
Oficina de Ferrol
Rúa da Iglesia, 52-1º
15402 Ferrol, A Coruña
Tel.: 981 369 383
Oficina de Santiago
Rúa Fernando III el Santo, 32-entlo
15701 Santiago de Compostela
Tel.: 981 553 110
Oficina de Lugo
Rúa Teatro, 10-2ºB
27001 Lugo
Tel.: 982 284 124
e-mail: comercial@afigal.es
Solicitantes de las provincias de Pontevedra y Ourense:
SOGARPO, S.G.R.:
Oficina de Vigo -Sed Central
Rúa Reconquista, 11 bajo. 36201 - VIGO
Tel.: 986 228 053
e-mail: pontevedra@sogarpo.es
Oficina de Ourense
Rúa Progreso, 145 bajo. 32003 - OURENSE
Tel.: 988 372 913
e-mail: ourense@sogarpo.es
La sociedad de garantía mutua (SGR), reclamarálle a la microempresa a documentación necesaria para el estudio de la operación y en el caso de resultar aprobada, le entregará un certificado acreditativo, para su presentación en la entidad financiera ante la que solicite la financiación.
Obtenido la financiación por parte de la entidad financiera, deberán comunicar con la SGR para concretar a la formalización del microcrédito.