El objeto de estas ayudas es la concesión de 100 bolsas para la realización de prácticas formativas incardinadas en programas de mejora en las pymes gallegas, según el Plan Formativo del anexo III de estas bases, con la finalidad de formar a titulados universitarios en diversas áreas relacionadas con la profesionalización y desarrollo estratégica de la empresa.
Los titulados participarán en un itinerario formativo específicamente diseñado para la participación en el programa, y realizarán prácticas formativas bajo la tutela de agentes colaboradores del Igape en proyectos de mejora de pequeñas y medianas empresas, apoyo al emprendedor o proyectos colaborativos de asociaciones o clusters empresariales, período en el que recibirán formación y titorización directamente por parte del agente colaborador.
Becas en régimen de concurrencia competitiva.
Podrán presentar solicitud para acogerse la estas bolsas aquellos titulados que cumplan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea y estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Cumplir los requisitos del art. 10 de la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia, para ser considerado beneficiario de subvenciones.
c) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones universitarias en la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes: física, ingeniería, matemáticas, química, administración y dirección de empresas, economía, derecho, biología/biotecnología y farmacia.
La titulación deberá haberse obtenido con posterioridad a la a 31 de diciembre de 2010
d) No haber disfrutado con anterioridad ninguna otra bolsa del Igape.
e) No haber desempeñado con anterioridad algún trabajo profesional para lo cual se requiriera la misma titulación exigida en esta convocatoria, en virtud de cualquier tipo de contrato laboral de duración igual o superior a SEIS MESES, lo cual se acreditará mediante informe de vida laboral de la Seguridad Social.
f) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que imposibilite el cumplimiento de sus deberes como becario.
g) Estar al corriente de sus deberes tributarios estatales y autonómicas y de la Seguridad Social, así como no tener pendiente de pago ninguna otra deuda por ningún concepto con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
h) Haber nacido después del 31/12/1983
* Duración y destino:
La duración inicial de la bolsa se establece en un máximo de 12 meses, contados desde la asignación del becario a su destino, pudiendo ser prorrogada por el Igape por un período máximo de hasta cuatro meses adicionales. Las prórrogas de las bolsas se podrán conceder, mediante resolución motivada, en función de la necesidad de finalizar una parte del programa formativo que ya hubiera comenzado o había estado a punto de comenzar.
Las bolsas se disfrutarán en destinos escogidos por el Igape, bajo la supervisión de agentes colaboradores concertados que participen en la prestación a las pymes de servicios de mejora de la competitividad.
Se podrán establecer listas de reserva para cubrir posibles desistimientos o renuncias por un tiempo que cubrirá únicamente lo que reste desde la data de inicio de la nueva bolsa concedida hasta la fecha de finalización que tuviera la bolsa inicial. No podrán concederse bolsas para suplir renuncias o incidentes por un tiempo inferior a cuatro meses.
* Programa de formación teórica:
Durante la ejecución del programa de bolsas, el Igape organizará un curso de formación teórica destinado a los becarios seleccionados.
Este curso tendrá la consideración de no computable en el período de la bolsa, será gratuito y no remunerado y será obligatorio para participar en las prácticas formativas, entendiéndose a no asistencia como renuncia a la solicitud, procediéndose al archivo de la misma.
* Prácticas formativas.
Las prácticas formativas se realizarán bajo la supervisión del Igape en agentes colaboradores concertados que participen en la prestación de servicios de mejora de la competitividad a las pymes.
El Igape y el agente colaborador establecerán, mediante convenio, el programa de prácticas formativas en una o varias de las tipologías de proyectos de mejora, en el que se detallarán las actividades del becario, la documentación en la que se reflejarán las mismas, así como la formación específica que se deberá impartir al becario para su ejecución. A lo largo de las prácticas formativas se programará formación adicional en las materias objeto de las prácticas.
El área de Competitividad valorará las solicitudes de acuerdo con el siguiente baremo:
a) Expediente académico: hasta un máximo de 5,00 puntos, que se asignará dividiendo entre dos la nota media calculada para las titulaciones universitarias por el R.D. 1125/03, de 5 de septiembre. En caso de que esta nota no aparezca en el expediente académico presentado calculada por las normas referidas o estas no se especifiquen se valorará con 0,00 puntos.
b) Hasta 1,5 puntos por la formación específica en los ámbitos relacionados en el artículo 1 de estas bases (masters, curso de postgrao, cursos o similares), por lo que los candidatos que acrediten la realización de un curso completo en esta materia de duración igual o superior a 600 horas o 60 créditos obtendrán 1,5 puntos en este apartado, o 0,75 por curso si el curso acreditado es de duración igual o superior a 300 horas o 30 créditos e inferior a 600 horas o 60 créditos. Los candidatos que accedan con titulaciones de licenciatura, arquitectura o ingeniería (títulos pre-Bolonia) que tengan una resolución oficial de su correspondencia con el nivel 3 MECES (Marco Español de Calificación para la Educación Superior) tendrán una puntuación de 0,75 puntos en este apartado.
c) 1,5 puntos si la titulación que acredita el candidato es una de las siguientes titulaciones superiores: Administración y Dirección de Empresas, Economía, Empresariales, Ingeniería Industrial, Ingeniería Informática e Ingeniería en Telecomunicaciones.
d) 1 punto por el conocimiento de algún idioma extranjero a nivel por lo menos B2 segundo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, acreditado mediante título oficial.
La suma total de estas puntuaciones será como máximo de 9 puntos.
Las bolsas estarán dotadas con una cantidad base anual de 10.800 euros brutos por bolsa.
Se consideran incluidos dentro de la dotación de la bolsa a seguridad social, en su caso, los impuestos de carácter personal así como todos los gastos en que tenga que incurrir el becario para el desarrollo de las fases teóricas o prácticas de la bolsa.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 29 de septiembre de 2017
Estas bolsas son incompatibles con cualquiera otra bolsa o ayuda de similares características, así como con cualquier relación laboral o de prestación de servicios remunerada del becario durante el período de formación práctica.
Resolución de 7 de julio de 2017 (DOG Nº137 del 19/07/2017) - Bases reguladoras y convocatoria
Resolución de 4 de septiembre de 2017 (DOG Nº173 de 12/09/2017) - Ampliación del plazo de presentación de solicitudes
Información:
- En las oficinas del Igape
- Por teléfono: 900 81 51 51
- Por correo electrónico: informa@igape.es
- En la web del Igape: www.igape.es
Tramitación:
Para presentar la solicitud de ayuda, los interesados deberán cubrir previamente un formulario a través de la aplicación establecida en la dirección de internet http://www.tramita.igape.es
Una vez cubierto el formulario en la aplicación informática se obtendrá el formulario normalizado de solicitud que se junta cómo anexo I.
Una vez generada la solicitud, deberá presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario de solicitud normalizada (anexo I), accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es.
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las personas interesadas deberán acercar con la solicitud a siguiente documentación:
a) Currículo vitae.
b) Copia del pasaporte, en caso de que el solicitante sea extranjero y no tenga el número de identificación de extranjería (NIE).
c) Expediente académico oficial expedido por el centro o institución donde el solicitante realizó sus estudios universitarios superiores o medios. Para su valoración, en el expediente académico deberá constar la nota media, calculada según el sistema establecido en el R.D. 1125/03, de 5 de septiembre.
d) Resguardo de tener pagadas las tasas para la obtención del título de estudios universitarios conseguido según lo expresado en el artículo 4.3, en su defecto.
e) Para el caso de títulos expedidos por centros extranjeros o privados, acreditación de su homologación por el Ministerio de Educación español.
f) Certificado médico de buena salud para lo normal ejercicio de la bolsa, emitido con posterioridad a la fecha de convocatoria.
g) Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social u organismo equivalente extranjero emitido con posterioridad a la fecha de convocatoria.
h) Acreditación de la formación específica, si es el caso; certificado de realización del curso completo en esta materia en el que conste el número de horas o créditos del curso. El curso deberá estar finalizado en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
i) Certificado oficial de nivel de lengua extranjera, si es el caso. El nivel deberá estar certificado en fecha no superior a la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La documentación se presentará preferiblemente por vía electrónica. Para eso los solicitantes deberán acercar con la solicitud las copias digitalizadas de los documentos. Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la copia simple de la documentación presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.